AMPLIACION PERIODO EMISION CARTA PORTE AL 30 DE SEPTIEMBRE 2022

by | Mar 9, 2022 | Uncategorized | 0 comments

Se extiende el plazo para emitir el Complemento Carta Porte sin la totalidad de requisitos.

Con fecha del 9 de marzo de 2022 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Primer Anteproyecto de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

En este anteproyecto, a través del Segundo Resolutorio se prevé la extensión del período de transición o de adopción de carta de porte, en el que se puede emitir con errores, y esto no generará sanciones al contribuyente, indicando, a la letra:

El uso del CFDI con complemento Carta Porte a que se refieren las reglas 2.7.7.1., 2.7.7.2., 2.7.7.3., 2.7.7.4., 2.7.7.5., 2.7.7.6., 2.7.7.7., 2.7.7.8., 2.7.7.9., 2.7.7.10., 2.7.7.11. y 2.7.7.12., será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.

Para efectos de lo dispuesto en los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 30 de septiembre de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

Medida similar se incluye en el Primer Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, dada a conocer en la página de Internet del SAT el 9 de marzo de 2022, que prevé la reforma el Transitorio Primero, fracción II de las RGCE para 2022, publicadas en el DOF el 24 de diciembre de 2021, para indicar que:

Los dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022.

Por tanto, se extiende al 30 de septiembre de 2022 el período en el que puede emitirse el Complemento Carta Porte con errores, sin que esto se considere infracción, destacando que no es una prórroga para su emisión, pues esta debe emitirse desde el 1 de enero de 2022, siendo la prórroga solamente para el período en que no se infraccione al contribuyente por emitirla sin contar con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”.

Informacion obtenida de Fiscalia.