¡Un respiro al fin! SAT Dara un mes más para que presentes tu declaración anual de personas físicas.

by | Abr 23, 2021 | Uncategorized | 0 comments

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la quinta versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A.

Si es persona física y debe presentar su declaración anual, esta información es importante ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó el lunes 05 de abril que las personas físicas tendrán hasta el próximo 31 de mayo para entregar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2020.

En el documento viene una regla con el numeral 13.4, que permite a los contribuyentes que sean personas físicas para presentar su declaración anual a más tardar el 31 de mayo de 2021. Esto implica una extensión del plazo para entregar la declaración anual de personas físicas equivalente a un mes, cuyo vencimiento era el 30 de abril.

Las personas físicas que deben presentar declaración anual son las que obtuvieron ingresos por salarios; por ejemplo, si lo recibieron ingresos de un patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre del 2020; si obtuvieron ingresos por distintos salarios; si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea; si los salarios provienen del extranjero; si obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación o si la totalidad de los ingresos anuales excede los 400,000 pesos.

De igual manera aquellas personas físicas que realizan servicios profesionales y que cobran vía honorarios; las actividades empresariales (incluidas aquellas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales); las actividades empresariales realizadas por plataformas tecnológicas, aquellos quienes rentan algún inmueble; si enajenaron bienes o, finalmente, si adquirieron bienes.